El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que regula la relaciones laborales de las personas que prestan sus servicios como repartidores para empresas de aplicaciones móviles como Didi Food, Uber Eats y Rappi.

En la sesión de este martes, los diputados sacaron la votación en lo general, con una unanimidad de 462 votos a favor de todas las fuerzas políticas, por lo que continuaron adelante con la discusión para sacar la votación en lo particular.

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La reforma está encaminada a regular las relaciones laborales entre los trabajadores y las empresas de plataformas digitales, brinda mayores garantías en términos de derechos, salarios, seguridad social y prestaciones y formaliza su reconocimiento legal como empleados en una relación subordinada de trabajo.

Entre otros cambios, los trabajadores que ganen al menos un salario mínimo tendrán derecho a ser registrados en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), para recibir atención médica, pensiones, incapacidades médicas y servicio de guardería.

Como los demás trabajadores de la economía formal, los repartidores podrán gozar de vacaciones, prima vacacional e indemnización por despido.

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Asimismo, los “socios-repartidores” tendrán derecho a ser registrados en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) para solicitar un crédito hipotecario.

Además, las empresas estarán obligadas a otorgar un seguro contra accidentes, debido a los riesgos que implica el trabajo de repartidor de comida y mercancías.

La reforma también reconoce la naturaleza flexible del servicio de reparto por aplicación móvil, de ahí que se respeta el derecho del trabajador para elegir los horarios y los días en los cuales tienen disponibilidad de laborar.

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Las empresas de aplicaciones móviles tendrán la obligación de hacer transparente el algoritmo por medio del cual se asignan los pedidos a los repartidores y también las tarifas y los métodos de cálculo para definir las comisiones que se pagan a los trabajadores.

Otro cambio importante consiste en que los “socios-repartidores” tendrán derecho a la libre sindicalización y a la contratación colectiva.

GC