Los gobiernos de México y Estados Unidos alcanzaron un acuerdo para atender el conflicto laboral en la planta de la empresa Draxton –fabricante de autopartes—, ubicada en Irapuato, Guanajuato, donde los trabajadores se quejaron la denegación de sus derechos de contratación colectiva y libertad sindical.
Este caso responde a la novena denuncia que interpuso, a fines de mayo pasado, el gobierno de Estados Unidos contra México, bajo el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá.
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El acuerdo abarca varias medidas, entre las cuales destaca la reinstalación de un delegado sindical, que fue despedido por estar a favor de un sindicato diferente al que tiene la titularidad del contrato colectivo de trabajo; así como el compromiso de la empresa para no intervenir en las actividades sindicales.
“En la investigación se determinó la existencia de ciertas conductas que pueden constituir transgresiones a la legislación laboral mexicana y una denegación de derechos colectivos por parte de la empresa”, informaron en un comunicado conjunto, las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS) del gobierno mexicano.
Las conductas a las que se refieren las autoridades mexicanas consisten en el “despido injustificado un delegado sindical, actos de injerencia patronal en las actividades sindicales y la omisión de entregar a los trabajadores un ejemplar impreso del convenio de revisión integral del Contrato Colectivo de Trabajo y el convenio de revisión salarial de 2023”.
Al respecto, la oficina del Representante Comercial del gobierno de Estados Unidos también publicó un comunicado sobre el acuerdo de remediación para el caso Draxton, el cual desglosa cuáles son los compromisos que asumirán Draxton como patrón y el gobierno mexicano, como garante de los derechos laborales.
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Los gobiernos de los dos países convinieron en que los términos del acuerdo deberán cumplirse en tiempo y forma a más tardar el 30 de octubre próximo.
Por el lado de la empresa, además de reinstalar al trabajador despedido, se le tendrán que pagar salarios caídos desde la fecha de terminación de la relación laboral; firmar un compromiso de “neutralidad” sindical y de respeto a las decisiones de los trabajadores, así como de no intromisión en la vida sindical, y distribuir entre todos los sindicalizados una copia del Contrato Colectivo de Trabajo vigente, incluso a los empleados de nuevo ingreso desde su primer día de trabajo.
La empresa también tendrá que publicar un manual sobre las relaciones laborales dentro de la empresa, que debe incluir los compromisos de “neutralidad” sindical, entre otras tareas.
En el caso del gobierno mexicano, será necesario promover una capacitación para todo el personal de la empresa, en el horario de trabajo, sobre los derechos de libertad sindical y contratación colectiva y distribuir material informativo.
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Asimismo, habrá que habilitar una línea telefónica o un correo electrónico para que los trabajadores puedan reportar anónimamente actos de intimidación, coerción o amenazas relacionadas con su afiliación sindical o sus actividades sindicales.
Además, las autoridades mexicanas tendrán que supervisar el cumplimiento de estos acuerdos en la planta de Draxton y visitar la planta previo a cualquier recuento sindical que hagan los trabajadores, para verificar que tengan la información necesaria antes de acudir a votar.
En caso de tener una confirmación sobre violaciones a los derechos de libertad sindical y contratación colectiva en la planta, el gobierno mexicano tendrá que aplicar las sanciones correspondientes conforme a la legislación vigente en el país.
GC