El Servicio de Administración Tributaria (SAT) destacó que una de las obligaciones fiscales más relevantes, desde 2020, es mantener habilitado el Buzón Tributario, por lo que instó a los contribuyentes a cumplirla y evitar una infracción.
En un boletín, la autoridad tributaria recordó que se trata de un canal de comunicación directa con los contribuyentes, que simplifica la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.
Abundó que es un portal “privado y personalizado” que economiza tiempo y recursos, al tiempo que otorga certeza jurídica a los actos y resoluciones emitidos por el SAT, así como en las operaciones que se realicen.
Agregó que esta herramienta genera notificaciones vía electrónica en cualquier momento y lugar, siempre que se tenga conexión a internet y permite conocer de manera oportuna cualquier requerimiento de información o resolución derivado de trámites realizados.
Además, recibe información sobre beneficios y facilidades fiscales e invitaciones de programas en materia fiscal y proporciona información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
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¿Quiénes deben habilitarlo?
El SAT precisó que todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben mantenerlo habilitado, salvo las personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de cancelados, por estar relevados.
Tienen la opción de hacerlo o no:
- Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
- Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
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