Conforme a la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), que se aprobó en diciembre del año pasado, este martes entró en vigor la llamada “Ley Silla”, que obliga a los patrones a ofrecer asientos con respaldo a sus trabajadores que laboren de pie.

La reforma modificó los artículos 132, 133, 422 y 423 de la LFT para establecer como una obligación de las empresas que permitan a sus empleados hacer pausas, con el propósito de descansar en asientos con respaldo y en espacios adecuados.

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Este es el caso de establecimientos como supermercados, tiendas departamentales, farmacias, restaurantes, cafeterías, bares, salones de belleza, cadenas de comida rápida, sucursales bancarias o bien taquillas de teatros o cines, entre otros, cuyos empleados cumplen sus funciones generalmente de pie, durante toda su jornada laboral.

Conforme a la reforma a la LFT, las empresas tienen prohibido obligar a sus empleados a permanecer de pie durante toda su jornada de trabajo, por lo que deberán establecer horarios y espacios adecuados para que los empleados puedan sentarse.

Los asientos deberán tener respaldo, en aras de que la persona pueda descansar la espalda y prevenir problemas de salud relacionados con la mala postura.

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El sector privado tendrá un lapso de 180 días para hacer las adaptaciones adecuadas en sus establecimientos y en los roles de trabajo, con el propósito de comprar y colocar los asientos para el descanso de los empleados.

La fecha límite para cumplir con esta disposición vencerá el próximo 14 de diciembre y las empresas que sean sorprendidas en falta se harán acreedoras a la aplicación de multas.

Asimismo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá, a partir de este martes, un plazo de 30 días para emitir la normativa correspondiente.

El decreto de la promulgación de la “Ley silla” se puede consultar aquí.

GC